Jueza federal “Le da pa’ lante” al nuevo código de San Juan
La noche de ayer, la jueza federal Silvia Carreño Coll emitió una decisión en la que desestimó una demanda presentada por la Asociación de Empresarios Calle Loíza, en la que cuestionaban la legalidad del recién promulgado Código de Orden Público de San Juan, el cual entra en vigor hoy.
Entre las principales preocupaciones de los comerciantes se encontraba la limitación del horario de venta de bebidas alcohólicas impuesta por el código, la cual argumentaban que afectaría negativamente sus ventas y la viabilidad de sus negocios.
Sin embargo, la jueza Carreño Coll determinó que los comerciantes no habían cumplido con los requisitos necesarios para que se les otorgara una orden judicial preliminar a su favor. En su decisión, señaló que no se había demostrado la existencia de un daño irreparable inminente. La jueza sostuvo que aunque los comerciantes alegaban que la ordenanza municipal podría resultar en el cierre de sus negocios, no habían presentado evidencia de que una compensación posterior ordenada por la corte o una orden judicial preliminar remediaría efectivamente el daño que argumentaban sufrirían. Además, no lograron demostrar que no podían presentar su demanda en el sistema judicial estatal.
Carreño Coll también hizo hincapié en que los demandantes no habían identificado ningún derecho constitucional en peligro ni ninguna libertad en juego, a pesar de su argumento de que se verían afectados económicamente por el Código de Orden Público. Asimismo, la jueza señaló que los demandantes no habían identificado defectos procesales en la implementación del código.
La demanda presentada ante el tribunal afirmaba que la implementación de la prohibición no beneficiaría a nadie y que no tendría un impacto significativo en la reducción de la actividad criminal. Además, alegaba que la pequeña cantidad de negocios que actualmente no cumplen con la ley podrían ser regulados fácilmente utilizando las leyes y regulaciones existentes.
Por otro lado, la demanda también acusaba que el código otorgaba un trato favorable a los hoteles y a los negocios que operan dentro de ellos, creando un nuevo mercado para estos establecimientos a expensas de los derechos de los demandantes para operar sus negocios de manera similar. Según la demanda, un negocio ubicado dentro de un hotel podría vender bebidas alcohólicas a cualquier hora, mientras que un negocio vecino estaría sujeto a las limitaciones de horario impuestas por el código.
Esta decisión judicial marca un hito en la implementación del Código de Orden Público de San Juan y deja en claro que los comerciantes de Calle Loíza deberán ajustarse a las nuevas regulaciones. La Asociación de Empresarios Calle Loíza no ha anunciado si planea apelar la decisión de la jueza Carreño Coll.